Con ocasión de un recurso interpuesto por Maximillian Schrems, abogado y cofundador de NOYB–European Center for Digital Rights, el Tribunal acaba de dictar su sentencia de 16 de julio de 2020 por la que anula la decisión de la Comisión Europea que hasta ahora venía dando cobertura a las transferencias de datos entre la Unión Europea y Estados Unidos (Decisión conocida como Escudo de Privacidad o ‘Privacy Shield’).

«Europa no puede consentir que el derecho fundamental a la protección de datos, hoy reconocido en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, quede desprotegido más allá de las fronteras»

De nuevo Schrems (como ya hizo en 2008 dando lugar a la Sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de octubre de 2015) se opuso ante Facebook a que ésta transfiriese sus datos al otro lado del Atlántico, y de nuevo la Autoridad irlandesa de protección de datos (la competente, dado que Facebook tiene en Europa su sede social principal en Irlanda) se planteó la duda de si su oposición era acorde con la Decisión que ahora ha anulado el Tribunal.

La argumentación del Tribunal de Justicia es clara: Europa no puede consentir que el derecho fundamental a la protección de datos, hoy reconocido en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, quede desprotegido más allá de las fronteras de la Unión Europea en un mundo global en el que la protección también debe ser global.

El nivel de protección del derecho, dice el Tribunal, debe ser en todo caso sustancialmente equivalente al garantizado dentro de la Unión por el Reglamento General de Protección de Datos, interpretado a la luz de la Carta. Y Estados Unidos no ofrece garantías para considerar que la protección de datos es allí respetada como lo es en Europa.

En particular, las limitaciones de la protección de datos que derivan de la normativa de Estados Unidos relativa al posible acceso y utilización de datos por las autoridades estadounidenses va mucho más allá de lo que el Derecho de la Unión permite, entre otras cosas en lo que a los programas de vigilancia se refiere, que allí no se limitan a lo estrictamente necesario.

«Tampoco la tutela judicial que ofrece Estados Unidos se considera suficiente por cuanto no puede actuar con garantías frente a los servicios de inteligencia estadounidenses»

Cierto que el derecho americano establece que sus autoridades deben respetar la privacidad, pero no confiere a los interesados, en particular a los no nacionales de Estados Unidos que sean potencialmente objeto de vigilancia, derechos efectivos de tutela ante las autoridades. Tampoco la tutela judicial que ofrece Estados Unidos se considera suficiente por cuanto no puede actuar con garantías frente a los servicios de inteligencia estadounidenses.

En definitiva, una vez más, el Tribunal de Justicia, a partir de la demanda de un ciudadano particular, ha decidido, nada más y nada menos, dejar en el aire las transferencias internacionales de datos entre la Unión Europea y Estados Unidos, lo que afecta a miles de empresas y a millones de datos, con un coste económico que es imposible calcular.

«No se puede luchar contra fuerzas aplastantes en otros campos, pero en la medida de sus posibilidades, el trabajo de los intelectuales obtiene resultados a veces insospechados»

Una vez más el Tribunal de Justicia considera que los derechos fundamentales, y en particular el derecho a la protección de datos, están por encima de lo que puedan acordar la Comisión Europea y Estados Unidos. Y de nuevo la Comisión se ha apresurado a decir que se tomarán medidas de inmediato para evitar el colapso que la suspensión de las transferencias pueda ocasionar.

En una entrevista con Mercedes Milá en el programa Buenas Noches de Televisión Española en noviembre de 1983, Julio Cortázar (que falleció poco después, en febrero de 1984) decía que la tarea de tribunales como el Tribunal Russell (en el que dedicó tiempo a trabajar el propio Cortázar) y de tantos otros tribunales o comisiones, «da la impresión de ser la de pequeños pigmeos frente a gigantes».

El creía sin embargo «que la palabra y que la voz, no ya de los intelectuales, sino también de los juristas y luego de la opinión pública -porque el trabajo de esos tribunales se transmite por la vía de la prensa- permite que hagan su camino y avancen. No se puede luchar contra fuerzas aplastantes en otros campos, pero en la medida de sus posibilidades, el trabajo de los intelectuales obtiene resultados a veces insospechados» y, concluía Cortázar, «por eso hay que seguir adelante, y por eso hay que seguir escribiendo y hablando».

En este caso, una vez más, parece que el gigante ha sido vencido, y que los derechos fundamentales, y entre ellos el derecho a la protección de datos, siguen siendo la base de la construcción Europea, imprescindibles para avanzar en la consolidación de la sociedad y de la economía que queremos en y para el Viejo Continente.